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Mecanismo Nacional de Supervisión de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)

 

La Convención Sobre los Derechos de las personas con Discapacidad es un acuerdo adoptado en el marco de la Organización de Naciones Unidas, que tiene el propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.

Dicha Convención es el primer instrumento de Derechos Humanos del siglo XXI y el primer instrumento de obligatorio acatamiento que protege de manera general los Derechos de las Personas con Discapacidad. Si bien en la Convención no se recogen Derechos Humanos nuevos, se establecen en ella con mucha mayor claridad las obligaciones de los Estados.

Los derechos que contiene la Convención Sobre los Derechos de las personas con Discapacidad son:

·        Igualdad ante la ley sin discriminación

·        Derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona

·        Igual reconocimiento ante la ley y capacidad jurídica

·        Protección contra la tortura

·        Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

·        Derecho al respeto de la integridad física y mental

·        Libertad de desplazamiento y nacionalidad

·        Derecho a vivir en la comunidad

·        Libertad de expresión y de opinión

·        Respeto de la privacidad

·        Respeto del hogar y de la familia

·        Derecho a la educación

·        Derecho a la salud

·        Derecho al trabajo

·        Derecho a un nivel de vida adecuado

·        Derecho a participar en la vida política y pública

·        Derecho a participar en la vida cultural.

 

Convención Ley 8661

 

El párrafo 2° del artículo 33 de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que cada estado que ha firmado este tratado internacional, debe designar un mecanismo independiente en el ámbito nacional que supervise su cumplimiento. Además, este artículo señala que cuando designe el mecanismo independiente se debe considerar los principios relativos al Estatuto y Funcionamiento de las Instituciones Nacionales de Protección y Promoción de los Derechos Humanos, también conocidos como los Principios de París.

En virtud de que la Defensoría de los Habitantes cumple con los lineamientos de los Principios de París y que cuenta por disposición de ley de independencia funcional, administrativa y de criterio, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo 39386-MRREE, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 40 del 26 de febrero de 2016, en el cual se designó a la Defensoría de los Habitantes de la República como el Mecanismo Nacional de Supervisión de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Click aquí para acceder a la convención

 

Misión, Visión y Valores

 

 

Funciones del Mecanismo Nacional de Supervisión de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad:

 

Boletín DIS-CAPACIDAD EN ACCIÓN

 

 

Informes sobre investigaciones temáticas

 

N°283824-2019 SI: Cumplimiento de las normas de Educación Inclusiva según Decreto Ejecutivo N°40955-MEP. Click aquí para ver el documento

OFICIO DH-MNSCDPD-0679-2020: Informe del Plan de Verificación de los Derechos de las Personas con Discapacidad en el contexto de la Atención de la Pandemia del COVID 19. Click aquí para acceder al documento

330614-2020-RI-ACH-OL: Informe de oficio sobre acceso a las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación. Click aquí para acceder al documento

N°388682-2022 RI: Estudio exploratorio sobre los servicios de asistencia domiciliaria, residencial y otros ofrecidos por el Programa de Convivencia Familiar del CONAPDIS. (Hay unos datos censurados que ya están marcados). Click aquí para ver acceder al documento

OFICIO DH-CV-1043-2024: Criterio Institucional sobre el protocolo para la contención de pacientes con trastorno mental y del comportamiento. Click aquí para acceder al documento

OFICIO DH-0426-2025: Solicitud de Criterio de persona con discapacidad, que presenta secuelas de parálisis cerebral profunda y convulsiones de difícil manejo, que requiere estimulación. Click aquí para acceder al documento

 

Documentos de interés

 

Cumplimiento Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.  Click aquí para acceder al documento

Oficio N°1244-2024: Inicio al proceso de Consulta a Sociedad Civil. Click aquí para acceder al documento

 

Información de contacto

 

 

Dirección Oficina Central
Contáctenos
Línea gratuita 800-258-7474
Central telefónica: 4000-8500
Whatsapp: 8592-6670
Jornada laboral continua
Lunes a viernes
8:00 AM - 4:00 PM
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Formulario Denuncias
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Si desea interponer una denuncia vaya a esta dirección:
Dirección: calle 22, Avenida,7 Barrio México, San José, Costa Rica