La Defensoría de los Habitantes de la República
De
conformidad con la Disposición Transitoria Primera del Acuerdo N° 1978 y,
el
Acuerdo N° 2166-2018 del 12 de junio del 2018
http://www.dhr.go.cr/transparencia/recursos_humanos/concursos_internos.aspx
Comunica la apertura del Concurso Interno N° 06 -
2018
Para ocupar en propiedad el puesto con el siguiente
detalle:
Tabla N° 1
Con
fundamento en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos emitido mediante Acuerdo
N° 13-DH del 16 de julio de 1993, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
162 del miércoles 25 de agosto de 1993, y el Acuerdo
N° 1456 del 18 de marzo del 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 61 del viernes 27 de marzo del 2009; los requisitos para ocupar los puestos
indicados anteriormente, son los siguientes:
Tabla N° 2
Cuadro de
datos
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Oficinista
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Conclusión
de Estudios de Educación Diversificada (5to. Año)
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Haber
aprobado cursos básicos de Computación.
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Experiencia
mínima de 2 años en labores de oficina
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Funciones:
Las tareas
típicas de la clase,
así como las funciones particulares definidas para este
puesto, pueden consultarlas haciendo "Click" en los anteriores links o
directamente en la ubicación de cada puesto en la Tabla N° 1.
Condición Salarial del puesto:
Tabla N° 3
Cuadro de
datos
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Puesto
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Componentes Salariales
II Semestre 2018
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Clasificación
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Salario base
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435.950
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Oficinista
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Prohibición
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*****
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Punto carrera profesional (c/u)
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*****
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Ubicación física: Oficinas centrales, San José, Barrio México Calle 22 y Avenidas 7 y 11.
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Anualidades (c/u)
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18.800
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Jornada: Diurna, tiempo completo y continua
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Incentivo DHR
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6%
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Nota: Cualquier
funcionario/a activo/a de la DHR puede concursar a pesar de no tener su
domicilio legal dentro de la competencia territorial de la Oficina Regional Sur;
no obstante, se debe tener presente que no se reconocerá el pago de zonaje por tratarse de una decisión voluntaria del/de la
oferente de brindar sus servicios en otro lugar distinto al de su residencia.
Predictores de Selección:
De acuerdo con
la Tabla de Predictores y Ponderaciones de Selección descrita mediante Acuerdo
N° 1656 del 01 de noviembre del 2011 y, ratificada mediante Acuerdo
N° 2166 del 12 de junio del 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 120 del 04 de julio del 2018, los Predictores de Selección con sus debidas
ponderaciones para cada puesto son las siguientes:
Tabla N° 4
Cuadro de datos
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Predictores y Ponderaciones de Selección
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Grado ó Condición
Académica
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Actividades de Capacitación
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Experiencia
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Experiencia Profesional
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Entrevista
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Prueba Escrita
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Total
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5%
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15%
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20%
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*****
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30%
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30%
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100%
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Consulte la
metodología para el reconocimiento y valoración de cada uno de los predictores,
aquí.
Lugar de Recibo de las Ofertas:
Personalmente en
el Departamento de Recursos Humanos de la Defensoría de los Habitantes o a
través del correo electrónico [email protected]
Fecha de Recibo de las Ofertas:
Se recibirán ofertas
hasta el día viernes 23 de noviembre del
2018.
Les recordamos
que es responsabilidad de cada funcionario/a mantener actualizado su expediente
personal con la información y/o documentos que no hayan sido generados a lo
interno de la institución.
Nombre del/de la Funcionario/a Responsable:
Como Jefe del
Departamento de Recursos Humanos la responsabilidad por todos los procesos
concursales recae en la persona de Hernán
A. Rojas Angulo, no obstante, para atender las respectivas dudas o
consultas pueden dirigirse a cualquiera de las profesionales que laboran en
dicho Departamento, de manera personal o través de los medios dispuestos para
ello, a saber, los correos electrónicos oficiales o sus extensiones
telefónicas.
Fecha y Hora en que se Realizarán las Pruebas:
La fecha, hora y
lugar en que se realizarán la entrevista y prueba de conocimiento serán
comunicadas oportunamente y con la debida antelación una vez que se tenga
conocimiento de la cantidad de participantes para elaborar el cronograma de
aplicación de la misma.
CONSIDERACIONES FINALES
1.
Se le solicita a las/los
aspirantes indicar una dirección electrónica (oficial y/o particular) que le
permita al Departamento de Recursos Humanos efectuar las respectivas
notificaciones de manera oportuna.
2.
A la luz de lo que dicta la
Disposición Transitoria Primera del Acuerdo
N° 1978, con respecto a los puestos que deben someterse a Concurso Interno
con base en las reglas y procedimientos del Acuerdo
N° 1198-DH del 18 de enero del 2007, se instruye para que "...se resuelva la
situación de todos aquellos funcionarios y funcionarias que ocupan
interinamente plazas vacantes puras..." y, en vista de que el objetivo de los
Concursos Internos es garantizar la estabilidad laboral a quienes no la tienen,
o brindar acceso a la carrera administrativa a quienes aspiran a puestos de
mayor nivel o de categoría salarial, resulta razonable que las y los eventuales
participantes en los Concursos Internos sean personas que persiguen alguno de
esos dos objetivos. De acuerdo con lo anterior, se insta a quienes ya poseen
propiedad en plazas iguales o similares a la(s) del presente concurso, para que
se abstengan de participar y de utilizar estos complejos procesos con el único
objetivo de obtener un traslado horizontal a otra Área u Oficina, ya que con
ese propósito existen otros mecanismo más ágiles y sencillos.
3.
De conformidad con el artículo
19° del Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos (Acuerdo N° 1198), las
personas concursantes que se sientan perjudicadas por las bases del concurso,
el procedimiento o los resultados del mismo podrán presentar formal recurso de
revocatoria ante el Departamento de Recursos Humanos, en un plazo de tres días
hábiles luego de comunicado. En caso de no quedar conforme, podrán interponer
recurso de apelación ante el o la Jerarca institucional quien dispone de tres
días hábiles para resolver el recurso. Dicha resolución dará por agotada la vía
administrativa.
De no recibir recursos dentro del plazo fijado,
los resultados o actuaciones quedarán en firme con preclusión del derecho de
impugnación y sin posibilidad de retrotraer fases del proceso ya consolidadas,
con excepción de la posibilidad de revisión de los vicios de nulidad absoluta,
evidente y manifiesta que se aleguen.
4.
El Departamento de Recursos
Humanos no convocará a las pruebas oral y escrita a las personas que no
obtengan un mínimo de 20 puntos en la primera fase de valoración de atestados
(grado académico, actividades de capacitación y experiencia); lo anterior
debido a la imposibilidad matemática de obtener la nota mínima de 80 requerida
para integrar una eventual terna o nómina.
5.
Las reprogramaciones
de las fechas para aplicar la entrevista y la prueba de conocimiento sólo se
podrán solicitar por única vez, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la comunicación
de la fecha asignada y solo procederán en casos muy calificados y debidamente
justificados, mediante documentos que acrediten la ausencia a la presentación
de las mismas.
6.
La máxima autoridad institucional
seleccionará de manera motivada, al/a la integrante de la terna presentada por
el Departamento de Recursos Humanos, junto con la cual se adjuntará la
recomendación del/de la Director/a del Área u Oficina respectiva