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La Defensoría de los Habitantes de la República

De conformidad con la Disposición Transitoria Primera del Acuerdo N° 1978 y,

el Acuerdo N° 2166-2018 del 12 de junio del 2018

http://www.dhr.go.cr/transparencia/recursos_humanos/concursos_internos.aspx

Comunica la apertura del Concurso Interno N° 02 - 2018

Para ocupar en propiedad los puestos con el siguiente detalle:

 

Tabla N° 1

 

(*) Por necesidad institucional este puesto está ubicado y utilizado en el Departamento Financiero Contable de la Dirección Administrativa con esa clasificación, pero con funciones atinentes a esa área; debido a que el mismo se encuentra contenido dentro del Transitorio Primero del Acuerdo N°1978, no puede ser reclasificado hasta tanto sea asignado en propiedad por la vía del concurso interno.

 

Con fundamento en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, emitido mediante Acuerdo N° 13-DH del 16 de julio de 1993, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 162 del miércoles 25 de agosto de 1993 y, el Acuerdo N° 1456 del 18 de marzo del 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 61 del viernes 27 de marzo del 2009; los requisitos para ocupar los puestos indicados anteriormente, son los siguientes:

Tabla N° 2

 

Funciones:

Las tareas típicas de la clase, así como las funciones particulares definidas para cada uno de los puestos, pueden consultarla haciendo "Click" en los anteriores links o directamente en la ubicación de cada puesto en la Tabla N° 1.

Condición de los Puestos

Tabla N° 3

 

Nota: Cualquier funcionario/a activo/a de la DHR puede concursar a pesar de no tener su domicilio legal en la provincia de San José; no obstante, se debe tener presente que no se reconocerá el pago de zonaje por tratarse de una decisión voluntaria del/de la oferente de brindar sus servicios en otro lugar distinto al de su residencia.

 

Predictores de Selección:

 

De acuerdo con la Tabla de Predictores y Ponderaciones de Selección descrita mediante Acuerdo N° 1656 del 01 de noviembre del 2011 y, ratificada mediante Acuerdo N° 2166 del 12 de junio del 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 120 del 04 de julio del 2018, los Predictores de Selección con sus debidas ponderaciones para cada puesto son las siguientes:

Tabla N° 4

Consulte la metodología para el reconocimiento y valoración de cada uno de los predictores, aquí.

Lugar de Recibo de las Ofertas:

Personalmente en el Departamento de Recursos Humanos de la Defensoría de los Habitantes o a través del correo electrónico [email protected]

 

Fecha de Recibo de las Ofertas:

Se recibirán ofertas hasta el día viernes 23 de noviembre del 2018.

Les recordamos que es responsabilidad de cada funcionario/a mantener actualizado su expediente personal con la información y/o documentos que no hayan sido generados a lo interno de la institución.

 

Nombre del/de la Funcionario/a Responsable:

Como Jefe del Departamento de Recursos Humanos la responsabilidad por todos los procesos concursales recae en la persona de Hernán A. Rojas Angulo, no obstante, para atender las respectivas dudas o consultas pueden dirigirse a cualquiera de las profesionales que laboran en dicho Departamento, de manera personal o través de los medios dispuestos para ello, a saber, los correos electrónicos oficiales o sus extensiones telefónicas.

 

Fecha y Hora en que se Realizarán las Pruebas:

La fecha, hora y lugar en que se realizarán la entrevista y prueba de conocimiento serán comunicadas oportunamente y con la debida antelación una vez que se tenga conocimiento de la cantidad de participantes para elaborar el cronograma de aplicación de la misma.

 

CONSIDERACIONES FINALES

1.                  Se le solicita a las/los aspirantes indicar una dirección electrónica (oficial y/o particular) que le permita al Departamento de Recursos Humanos efectuar las respectivas notificaciones de manera oportuna.

 

2.                  A la luz de lo que dicta la Disposición Transitoria Primera del Acuerdo N° 1978, con respecto a los puestos que deben someterse a Concurso Interno con base en las reglas y procedimientos del Acuerdo N° 1198-DH del 18 de enero del 2007, se instruye para que "...se resuelva la situación de todos aquellos funcionarios y funcionarias que ocupan interinamente plazas vacantes puras..." y, en vista de que el objetivo de los Concursos Internos es garantizar la estabilidad laboral a quienes no la tienen, o brindar acceso a la carrera administrativa a quienes aspiran a puestos de mayor nivel o de categoría salarial, resulta razonable que las y los eventuales participantes en los Concursos Internos sean personas que persiguen alguno de esos dos objetivos. De acuerdo con lo anterior, se insta a quienes ya poseen propiedad en plazas iguales o similares a la(s) del presente concurso, para que se abstengan de participar y de utilizar estos complejos procesos con el único objetivo de obtener un traslado horizontal a otra Área u Oficina, ya que con ese propósito existen otros mecanismo más ágiles y sencillos.

 

3.                  De conformidad con el artículo 19° del Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos (Acuerdo N° 1198), las personas concursantes que se sientan perjudicadas por las bases del concurso, el procedimiento o los resultados del mismo podrán presentar formal recurso de revocatoria ante el Departamento de Recursos Humanos, en un plazo de tres días hábiles luego de comunicado. En caso de no quedar conforme, podrán interponer recurso de apelación ante el o la Jerarca institucional quien dispone de tres días hábiles para resolver el recurso. Dicha resolución dará por agotada la vía administrativa.

 

De no recibir recursos dentro del plazo fijado, los resultados o actuaciones quedarán en firme con preclusión del derecho de impugnación y sin posibilidad de retrotraer fases del proceso ya consolidadas, con excepción de la posibilidad de revisión de los vicios de nulidad absoluta, evidente y manifiesta que se aleguen.

 

4.                  El Departamento de Recursos Humanos no convocará a las pruebas oral y escrita a las personas que no obtengan un mínimo de 15 puntos en la primera fase de valoración de atestados (grado académico, actividades de capacitación, experiencia y experiencia en el ejercicio profesional); lo anterior debido a la imposibilidad matemática de obtener la nota mínima de 80 requerida para integrar una eventual terna o nómina. [1]

 

5.                  Las reprogramaciones de las fechas para aplicar la entrevista y la prueba de conocimiento sólo se podrán solicitar por única vez, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la comunicación de la fecha asignada y solo procederán en casos muy calificados y debidamente justificados, mediante documentos que acrediten la ausencia a la presentación de las mismas.

 

 

6.                  La máxima autoridad institucional seleccionará de manera motivada, al/a la integrante de la terna presentada por el Departamento de Recursos Humanos, junto con la cual se adjuntará la recomendación del/de la Director/a del Área u Oficina respectiva [2]

 



[1] Artículo 17 del Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos de la Defensoría de los Habitantes de la República (Acuerdo N°1198-DH).

 

[2] Según artículo 16 del Acuerdo N°1198-DH.

 

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