Concursos Públicos
Aquí puede
informarse sobre los concursos para la contratación de personal por parte de la
Defensoría.
Apertura del Concurso 01-2022
Auditor/a Asistente
La Defensoría de los Habitantes de la República hace del
conocimiento del público en general, la apertura del Concurso Público N°
01-2022, con el fin de impulsar la aplicación de los principios de objetividad,
transparencia, idoneidad y méritos en el acceso a cargos públicos, así como los
de igualdad y no discriminación. Se incentiva la participación de grupos
históricamente vulnerabilizados, específicamente
afrodescendientes, indígenas, personas con discapacidad y personas trans.
Toda persona, indistintamente de si pertenece o no a alguna
de estas etnias o tiene alguna de las condiciones señaladas, podrá postularse
para ocupar en propiedad los siguientes puestos, según disposiciones del Acuerdo
N° 1978 y su
reforma:
Cuadro
de datos
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Clasificación de los
puestos:
Puestos
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N° 028195
N° 014226
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Clase
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Auditor/a Asistente
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Ubicación de los puestos:
Geográfica
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Oficinas centrales, San José, Barrio México Calle
22 y Avenidas 7 y 11.
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Organizacional
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Auditoría Interna
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Jornada
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Diurna, tiempo completo y continua
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Cuadro
de datos
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Condiciones
salariales:
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Salario base
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₡715.000,00 (1)
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Prohibición 30%
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₡214.500,00 (2)
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Incentivo DHR
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₡106.125,00 (3)
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Aumentos anuales acumulados
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₡24.650,00 c/una
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Aumentos anuales Ley N° 9635
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₡13.725,50 c/una (3)
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Carrera profesional
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₡2.273,00 c/punto
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Nota: En lo correspondiente a los componentes
salariales, será condicionado a lo establecido en la Ley N° 9635, "Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas". Salario Base, Anualidades Ley N°
9635, Incentivo DHR, Anualidades acumuladas, Prohibición, Carrera
Profesional, o bien, la remuneración salarial vigente al momento del
nombramiento.
(1) Salarios vigentes para el segundo semestre del
2019 y ajustados a la nueva estructura salarial definida y regulada por la
Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley N° 9635 del
03/12/2018; Gaceta # 225 del 04/12/2018).
(2) El porcentaje de Prohibición que se ofrece en
principio, es el establecido por la Ley N° 9635 para el grado de
licenciatura universitaria (30%); sin perjuicio de reconocer eventualmente
a la persona seleccionada, el porcentaje que tenga reconocido en otra
institución pública, si su ingreso o traslado a la Defensoría de los
Habitantes se realiza de manera inmediata y continua.
(3) Monto adicional fijo al salario base de cada
clase de puesto, de acuerdo con el Índice Salarial correspondiente al
segundo semestre del 2019. (Establecido así por la Ley N° 9635).
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Cuadro
de datos
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REQUISITOS DEL PUESTO
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Licenciatura en Administración con énfasis en Contaduría
Pública, Licenciatura en Contabilidad, Finanzas o Administración
Financiera, Licenciatura en Contaduría Pública.
Dos años de experiencia en la ejecución de labores
de Auditoría Interna o Externa relacionadas con el puesto.
Incorporado al colegio profesional respectivo.
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Nota: Por la ubicación organizacional del puesto y
el conjunto de tareas asignadas al cargo, sólo se recibirán ofertas con
nivel académico, especialidad y experiencia laboral y profesional afines
con las labores propias de una AUDITORÍA INTERNA.
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FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES
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Las funciones típicas de esta clase, pueden
consultarse aquí
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EVALUACIÓN
Además del
análisis de los documentos probatorios que se aporten para efectos de este
concurso, la persona participante será sometida a la valoración de sus
atestados, así como pruebas de conocimientos generales, para valorar su
idoneidad, todo de conformidad con el Acuerdo
N° 2459, del 08 de junio del 2022, con el siguiente detalle:
Cuadro
de datos
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FACTORES DE SELECCIÓN
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I ETAPA
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PREDICTOR
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PUNTAJE MÁXIMO ASIGNADO A CADA FACTOR
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OBSERVACIONES
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Grado
Académico
Por cualquier grado
adicional al requisito del puesto 10 puntos y/o por cualquier grado
superior al requisito del puesto 17 puntos
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17%
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El
reconocimiento será a partir de la obtención de cualquier grado académico
adicional y/o superior al requisito del puesto.
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Experiencia
(antigüedad)
De 0 a 2 años:
5 puntos
De 2 a 4 años:
10 puntos
De 4 a 6 años:
15 puntos
Más de 6 años:
17 puntos
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17%
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La experiencia
se refiere al conocimiento que se acumula por el desempeño en instituciones
del Estado u organismos internacionales de puestos similares o relacionados
con el que está sometido a concurso (indistintamente del puesto que haya
ocupado)
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Experiencia
Profesional
De 2 a 3 años:
5 puntos
De 3 a 4 años:
10 puntos
De 4 a 5 años:
15 puntos
Más de 5 años:
18 puntos
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18%
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El conocimiento
adquirido en el ejercicio de su profesión, especialidad, donde se
ejercieran funciones propias de Auditoría Interna y/o Auditoría Externa.
Esta experiencia se contabilizará cuando la persona candidata siendo
profesional también haya desempeñado puestos profesionales, con
posterioridad a la obtención del grado mínimo de Bachillerato en unos
casos, o Licenciatura en Contaduría Pública, Contabilidad, Finanzas o
Administración Financiera.
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Capacitación
(Participación y aprovechamiento
Con base en el
Reglamento de Carrera Profesional, se otorgará 1 punto por cada 40 horas de
aprovechamiento y/o 1 punto por cada 80 horas de participación, hasta
alcanzar el máximo puntaje de 18 puntos
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18%
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Los cursos,
seminarios, talleres, y actividades de capacitación recibidos, que tengan
relación o atinentes con el puesto.
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II ETAPA
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Prueba de
conocimiento escrita
Este puntaje
se asignará de manera proporcional de acuerdo con la nota obtenida en la
prueba, donde un 100 de nota equivale al 15%
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15%
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Instrumento a través
del cual se mide lo que ha aprendido un candidato a partir de muestras
objetivas del respectivo proceso de aprendizaje.
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III ETAPA
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Entrevista
(prueba oral)
Este puntaje
se asignará de manera proporcional de acuerdo con la nota obtenida en la
entrevista o prueba oral, donde un 100 de nota equivale al 15%
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15%
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Técnica que
consiste en una conversación previamente estructurada, con el propósito de
obtener información objetiva y evaluar aspectos tales como características
de personalidad, compromiso, intereses, preferencias, actitudes, aptitudes,
motivación, experiencia laboral y estudios de la persona entrevistada
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CALIFICACIÓN
FINAL
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100%
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Una persona
oferente será considerada para integrar una terna o nómina, cuando obtenga una
calificación final mínima de 80% como resultado del proceso de selección
(Art. 16, del Acuerdo N° 1978 y su reforma)
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Actitudes y aptitudes
deseables para todos los casos
(Artículo 9°
del Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos -Acuerdo N° 1978- )
- Identificación y compromiso con el
mandato de la Defensoría de los Habitantes de la República
- Respeto por la diversidad humana en
todas sus expresiones
- Capacidad y disposición para
trabajar en equipo
- Aprendizaje y desarrollo.
Conocimiento de estrategias para alcanzar los objetivos de su trabajo
específico y formación
- Actitud proactiva y disposición hacia
la mejora continua en procesos organizacionales.
- Creatividad e innovación.
- Capacidad para el manejo de
situaciones de incertidumbre y adaptación a situaciones cambiantes como
oportunidad de mejora.
- Capacidad para expresarse y
transmitir información claramente.
- Disposición para asumir
responsablemente tareas y proyectos.
ETAPAS DEL CONCURSO
Con base en
el artículo 12° del Estatuto de Selección, Nombramientos en Propiedad e
Interinos y Ascensos de la Defensoría de los Habitantes de la República
(Acuerdo N° 1978), este proceso de selección consta de tres etapas:
Primero se
realizará la valoración de la información presentada por las y los candidatos
(atestados) y se establecerá un escalafón de acuerdo con los puntos obtenidos
en el análisis de dicha información, con el fin de definir a las personas que
continuarán en este proceso. De este grupo pasarán a la siguiente etapa las
personas que obtengan las posiciones de entre la 1 hasta la 25 de dicho
escalafón.
Segundo: Se
aplicará una prueba escrita de conocimiento técnico relacionado con las labores
propias del puesto, en relación con la materia de Auditoría Interna del Sector
Público. De estas 25 personas se escogerán a las mejores 10 calificaciones que
pasarán a la siguiente y última etapa.
Tercero: Se
llevará a cabo una entrevista estructurada con preguntas generales y
específicas relacionadas con la clase de puesto y área de trabajo, y con base
en la calificación de las respuestas se definirá la respectiva nómina (de ser
posible con 3 candidatos/as) que será presentada ante la jerarca para el
correspondiente nombramiento, con la debida recomendación por parte de la
Auditora Interna.
Los temas
generales de la institución y las fuentes de información o referencias
documentales, serán puestas oportunamente a disposición de las personas que
sean preseleccionadas para cada una de las respectivas pruebas (Etapas 2 y 3).
No obstante, para cualquiera de las clases de puesto en concurso, son
fundamentales los conocimientos generales acerca de: La Defensoría de los
Habitantes (Ley constitutiva y Reglamento); fundamentos del Estado
Costarricense (Organización y fundamentos); el funcionamiento de la
Administración Pública, el Servicio Público; Código de Trabajo (Reforma
Procesal Laboral); Ley General de la Administración Pública; Ley General de
Control Interno; (Ley N° 8292); Convención sobre los derechos de las personas
con discapacidad (Ley N° 8661); Ley de Presupuestos Públicos (Ley N° 8131);
entre otros.
De igual
manera, se les hace saber que este documento contiene información relevante e
indispensable para hacerla de conocimiento de todas las personas participantes
en este concurso, razón por la cual no se podrá alegar desconocimiento alguno.
El
nombramiento en estos puestos quedará sujeto a la aprobación del período de
prueba de hasta 3 meses.
Lugar de recibo de las
ofertas:
Las
personas interesadas en participar, deberá leer con detenimiento toda la
información y condiciones contenidas en las bases del presente cartel, y
completar la Oferta de Trabajo en la dirección www.dhr.go.cr
No deben
adjuntar ni enviar documentos adicionales, toda la información consignada en
las respectivas Ofertas de Trabajo será oportunamente verificada en la última
etapa de cada concurso, en caso de no presentarla o de haber incluido
información que no pueda ser comprobada de manera documental, la Oferta será
excluida del proceso.
No se
recibirán ofertas incompletas o en las que no se acepten las condiciones
establecidas en el Cartel.
Fecha de recibo de las
ofertas:
De acuerdo
con lo señalado en el aviso del concurso publicado oportunamente, se indicó que
el plazo mediante el cual se recibirán las ofertas será desde el día de la
publicación y hasta por 15 días laborales (Artículo 13 del Acuerdo N° 1978). En
caso de que alguna persona no tenga el equipo requerido o el acceso a Internet,
la Defensoría de los Habitantes dispondrá de al menos una computadora en sus
oficinas centrales y regionales con este fin.
Nombre del
funcionario responsable: El funcionario responsable del proceso concursal es el
Lic. Hernán A. Rojas Angulo, Jefe del Departamento de Recursos Humanos; no
obstante, para atender las respectivas dudas o consultas pueden dirigirse a
cualquiera de las personas que laboran en ese Departamento, de manera personal
o través de los medios dispuestos para ello, a saber:
1. Laura Odio; [email protected];
4000-8564
2. Alejandra Gamboa; [email protected];
4000-8563
3. Rodolfo Calderón;
[email protected]; 4000-8545
Fecha y
hora en que se realizarán las pruebas: La fecha, hora y lugar en que se realizarán
las pruebas de conocimiento y la entrevista, serán comunicadas oportunamente y
con la debida antelación, a la dirección de correo electrónico registrado,
únicamente a las personas que, de acuerdo con sus calificaciones, sean
seleccionadas para continuar en esas etapas del proceso.
De acuerdo
con el artículo 3° del Estatuto de Selección, Nombramientos en Propiedad e
Interinos y Ascensos (Acuerdo N° 1978) el Equipo Evaluador estará conformado
por tres miembros: dos funcionarios designados por la o el Defensor de los
Habitantes; la Jefatura de Recursos Humanos o su representante.
De
conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 8292, la Auditora Interna deberá
autorizar el nombramiento, esto mediante un oficio donde establezca su
conformidad.
CONSIDERACIONES FINALES
1. Se le solicita a las/los aspirantes
indicar una dirección electrónica (oficial y/o particular) que le permita al
Departamento de Recursos Humanos efectuar las respectivas notificaciones de
manera oportuna.
Es
responsabilidad de la persona participante revisar frecuentemente el correo
registrado, y revisar el buzón de correo no deseado comúnmente llamado SPAM. En
caso de que no pueda localizarse en el lugar señalado para recibir
notificaciones, la responsabilidad correrá por su propia cuenta. Para los
comunicados por correo electrónico se considerará la Ley N° 8687 de
Notificaciones Judiciales, específicamente los artículos 11, 34, 36 y 38. Es
necesario que el/la interesado/a verifique el correo electrónico. La persona
candidata debe cerciorarse, al inscribirse, que anotó la dirección electrónica
correctamente donde recibirá las notificaciones. De requerir un cambio en la
dirección electrónica registrada, deberá comunicarlo por medio de una nota
escrita en la cual consigne, de manera legible, la nueva dirección electrónica.
Las direcciones electrónicas que se encuentren anotadas en otro sitio, NO serán
consideradas para notificaciones, por lo tanto, ÚNICAMENTE se utilizará la
dirección registrada por la persona interesada para este concurso al momento de
inscribirse.
2. De conformidad con el artículo 19°
del Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos (Acuerdo N° 1978, las
personas oferentes que consideren afectados sus derechos o intereses legítimos
por las bases del concurso, el procedimiento para la evaluación de las ofertas
o postulaciones recibidas dentro del concurso o los resultados de un proceso de
selección y nombramiento, podrán presentar formal recurso de reconsideración
ante el o la Defensora de tos Habitantes, en un plazo de tres días hábiles a
partir de la respectiva notificación del acuerdo de nombramiento que da por
finalizado el concurso de antecedentes. El Defensor(a) de los Habitantes
contará con un plazo de ocho días hábiles para resolver el recurso. Dicha
resolución dará por agotada la vía administrativa.
Si no se
presentaran recursos dentro del plazo fijado, los resultados o actuaciones
quedarán en firme con preclusión del derecho de impugnación y sin posibilidad
de retrotraer fases del proceso ya consolidadas, con excepción de la
posibilidad de revisión de los vicios de nulidad absoluta, evidente y
manifiesta que se aleguen.
3. Las personas oferentes con alguna
discapacidad, deberán informar tal situación al Departamento de Recursos
Humanos, vía correo electrónico a la dirección [email protected] el
cual deberá presentar durante el mismo plazo que se dispone para la
inscripción, en el horario establecido, y adjuntar el certificado de
discapacidad vigente emitido por CONAPDIS, con aquellos aspectos que considere
de interés y que permitan determinar las adecuaciones y adaptaciones
correspondiente, así como los aspectos físicos o ambientales, entre otros,
requeridos para la valoración de los factores establecidos, así como también
las particularidades o limitaciones bajo las cuales aceptaría el puesto de
trabajo. Es importante recordar que el documento emitido por CONAPDIS tiene una
validez legítima y una vigencia de tres años a partir de la fecha de emisión,
según lo estipulado en el procedimiento interno de esa institución para el
proceso de emisión de esa certificación, basado en el artículo 2° del decreto
ejecutivo 40727, por lo tanto, es indispensable que se encuentre vigente a la
fecha de cierre de concurso.
Las
personas participantes con alguna discapacidad que no tengan dictamen,
certificado o epicrisis médica, en donde consten las limitaciones funcionales o
bien aspectos de similar naturaleza, emitido por la autoridad competente que
así lo acredite, según lo ordena el decreto N° 41761-MTSS, del 28 de mayo de 2019,
con fundamento en el inciso f), artículo 6 del Decreto Ejecutivo 36462 y en
atención al acuerdo N°10, tomado en la sesión ordinaria No. 4 de la Comisión
Nacional para la Empleabilidad y el Trabajo de las Personas con Discapacidad
(CNETPCD) del martes 27 de abril del presente año, de conformidad con lo
establecido en el oficio CNEPCD-OF-07-2021 del 21 de mayo de 2021 de la misma
comisión, podrán solicitar la cita de valoración médica por la Caja
Costarricense de Seguro Social. En virtud de lo anterior, deberán presentar
ante este despacho el comprobante o copia de la cita de valoración.
Las
personas que presenten el dictamen, certificado o epicrisis médica emitido por
la CCSS o bien la certificación de CONAPDIS y aprueben el proceso en todas sus
fases con calificación igual o superior a 80%, y por ello alcancen la condición
de elegibilidad, formarán parte del registro paralelo (Registro de elegibles de
personas con discapacidad para puestos reservados con ese fin), de conformidad
con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Inclusión y Protección Laboral
de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, Ley 8862 que indica:
"Artículo
7-Responsabilidades de las Unidades de Recursos Humanos: Las Unidades de
Recursos Humanos tendrán como parte de sus funciones regulares las siguientes:
a- Realizar el proceso de selección, reclutamiento y contratación de las
personas con discapacidad, conforme a las normas internas propias de cada
órgano u entidad. b- Conformar registros de elegibles paralelos especiales, para
todas las clases y especialidades, incluyendo aquellas personas con
discapacidad que hayan obtenido la elegibilidad de acuerdo con los
procedimientos establecidos. Excepto, las instituciones cubiertas por el
Régimen del Servicio Civil, que se rigen por los procedimientos propios
establecidos."
La prueba
de conocimiento y la entrevista se realizarán en las instalaciones de la
Defensoría de los Habitantes. El tiempo establecido para realizar las pruebas
será determinado una vez que se elaboren las mismas y será comunicado así
oportunamente a las personas participantes en el presente concurso. Una vez
iniciada la prueba, a ningún participante se le permitirá salir del recinto
sino hasta que haya concluido y finalizado la misma, durante la realización de la
prueba y en el recinto donde se aplica, debe guardar y mantener apagado o en
silencio su teléfono celular, o cualquier otro dispositivo electrónico. Es de
su entera responsabilidad administrar adecuadamente el tiempo para realizarla.
En caso de
obtener una calificación en la Prueba de Conocimiento que sumada a la primera
etapa del concurso no le permita obtener la nota mínima establecida para la
terna o nómina, quedará automáticamente excluida, en virtud de que este factor
de selección es de carácter excluyente.
Si el
participante no se presenta a alguna de las pruebas (prueba de conocimiento y
entrevista) el día y a la hora en que le corresponde, sin la respectiva
justificación, será interpretado como abandono del concurso y por ende se le
excluirá del mismo.
No será
posible la reprogramación de dichas actividades, salvo casos muy excepcionales
debidamente justificados a juicio de la Comisión Evaluadora, para lo cual el/la
interesado/a deberá presentar, en un plazo no mayor a tres días hábiles
posteriores a la fecha de la convocatoria establecida para cada actividad, los
documentos probatorios que permitan justificar su ausencia.
PROHIBICIONES LEGALES
ESTABLECIDAS PARA OCUPAR CARGOS EN LA DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA
REPÚBLICA
Código Electoral
"ARTÍCULO
146: Prohíbase a los empleados públicos dedicarse a trabajos o discusiones de
carácter político-electoral, durante las horas laborales y usar su cargo para
beneficiar a un partido político. Los jefes inmediatos de dichos empleados
serán los responsables de vigilar el cumplimiento de esta disposición.
Quienes
ejerzan la Presidencia o las Vicepresidencias de la República, los
ministros(as) y viceministros(as), y los miembros activos o las miembros
activas del servicio exterior, el contralor o la contralora y subcontralor o subcontralora
generales de la República, el (la) defensor(a) y el (la) defensor(a) adjunto(a)
de los habitantes, el (la) procurador(a) general y el (la) procurador(a)
general adjunto(a), quienes ejerzan la presidencia ejecutiva, o sean miembros(as)
de las juntas directivas, directores ejecutivos, gerentes y subgerentes de las
instituciones autónomas y todo ente público estatal, los(as) oficiales mayores
de los ministerios, los(as) miembros (as) de la autoridad de policía, los(as)
agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), los magistrados(as) y
toda persona empleada del TSE, los magistrados y funcionarios(as) del Poder
Judicial que administren justicia, y quienes tengan prohibición en virtud de
otras leyes, no podrán participar en las actividades de los partidos políticos,
asistir a clubes ni reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o
influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar
divisas en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidista de
cualquier otro género. En materia electoral, las personas funcionarias
incluidas en el párrafo segundo de este artículo, únicamente podrán ejercer el
derecho a emitir su voto el día de las elecciones en la forma y las condiciones
establecidas en este Código.
El TSE
podrá ordenar la destitución e imponer inhabilitación para ejercer cargos
públicos por un período de dos a cuatro años, a los funcionarios citados,
cuando sus actos contravengan las prohibiciones contempladas en este artículo."
Fecha de cierre del
concurso viernes 21 de octubre de 2022