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Información Institucional

 

1.1.1 ¿Quiénes somos?

La Defensoría de los Habitantes de la República es un órgano contralor que forma parte del Poder Legislativo. El fin de esta institución es el de velar porque la actividad del sector público se ajuste al ordenamiento jurídico y la moral, de forma tal que los derechos e intereses de los habitantes siempre estén protegidos.

Antecedentes de la Figura

La figura del Ombudsman nace y se desarrolla en Suecia. Desde un inicio la misión de este funcionario consistió en ejercer una estricta vigilancia para asegurar el cumplimiento de las leyes y las normas existentes, además de velar porque los servidores públicos cumplieran con sus obligaciones. Para cumplir este cometido, este funcionario podía recurrir y plantear cualquier tipo de acción ante los Tribunales de Justicia.

En un inicio este Procurador era designado directamente por el rey. Sin embargo, como producto de una serie de revueltas que se produjeron en Suecia en 1809, se dictó una nueva Constitución que incluyó en su artículo 96 la designación del Ombudsman por parte del Parlamento. Según dicho texto constitucional, el Parlamento debía designar a un jurisconsulto de "probada ciencia y de singular integridad" encargado de controlar la observancia de las leyes y velar porque los funcionarios las cumplieran en el ejercicio de sus funciones.

Casi inmediatamente, la figura del Ombudsman fue incorporada al régimen jurídico-político finlandés y más adelante, ya entrado el siglo XX, se difundió por el resto de los países nórdicos. Luego pasó a formar parte del sistema institucional de Nueva Zelanda y de ahí la figura del Ombudsman fue difundida por los países anglosajones; posteriormente se extendió a Francia y España. A partir de ese momento, su difusión alcanzó gran cantidad de países, incluyendo más recientemente a los del Continente Americano. No obstante que estas instituciones conservan la esencia originaria, la figura ha sido en cada caso adaptada a las exigencias propias del sistema social, político y jurídico de las sociedades que la adoptaron. Ello ha sido posible gracias a la flexibilidad que presenta y a los rasgos que la caracterizan.

Creación de la Institución

Reseña Histórica

La incorporación de la figura al sistema institucional costarricense fue parte de una tendencia que se desarrolló desde muchos años atrás.

En un inicio, la Procuraduría de Derechos Humanos, creada como órgano de la Procuraduría General de la República en setiembre de 1982, cumplió funciones de defensa de derechos humanos. En la misma ley en que se creó la Procuraduría, se estableció la figura del Procurador del Consumidor. Posteriormente, se crearon el Defensor de Derechos Humanos para el Sistema Penitenciario, el Defensor de los Usuarios del Registro Nacional y el Defensor de los Derechos de los Refugiados. Este último órgano fue suprimido tiempo después. Más adelante, en el seno del Ministerio de Justicia, se crearon las instancias específicas para velar por la tutela de los derechos de la mujer y de la infancia. Este proceso tomó fuerza con la aprobación de la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer (Ley No. 7124) que vino para crear lo que se denominó la Defensoría General de los Derechos Humanos. Esta Defensoría se creó como un órgano adscrito al Ministerio de Justicia y tuvo como función la protección de los derechos humanos, por lo que se dividió en seis órganos específicos: Defensoría General, Defensoría de la Mujer, Defensoría de la Infancia, Defensoría del Consumidor, Defensoría de los Internos del Sistema Penitenciario y Defensoría del Usuario del Registro Nacional.

La organización, atribuciones y competencias de estas Defensorías fueron determinadas por reglamento ejecutivo. Aun cuando estas oficinas lograron alcanzar ciertos resultados de importancia, su vinculación jerárquica y presupuestaria con el Poder Ejecutivo, específicamente con el Ministerio de Justicia, significó una limitación para su trabajo.

De ahí la importancia de que, conforme lo señala la doctrina, el órgano de control de la Administración Pública se ubique en una posición de independencia que le permita ejercer su función con la mayor libertad posible.

De forma paralela a este proceso, se trabajó en la elaboración de un Proyecto de "Ley del Defensor de los Habitantes de la República", que fue presentado a la Asamblea Legislativa el 7 de noviembre de 1985 por el Presidente de la República y el Ministro de Justicia de ese entonces. La redacción del proyecto se basó en la Ley del Defensor del Pueblo Español (Ley Orgánica del 6 de abril de 1981).

En el mes de noviembre de 1992 la Ley No. 7319 del Defensor de los Habitantes de la República fue aprobada por la Asamblea Legislativa y publicada en la Gaceta #287 del 10 de diciembre de 1992, con vigencia a partir del 10 de marzo de 1993. Reformada mediante la Ley No. 7423 del 18 de julio de 1994, se sustituyó la palabra "Defensor" por "Defensoría", tanto en el título como en algunos de los artículos.

La Defensoría de los Habitantes abrió sus puertas el 1 de octubre de 1993, luego de que su primer Defensor, Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, asumiera su cargo a partir del 22 de marzo de 1993. La primera Defensora Adjunta, Joyce Zürcher Blen de Carrillo, fue elegida el 28 de abril de 1993. Desde entonces, la Defensoría ha velado por el buen funcionamiento de los servicios del sector público, procurando que sus actos se ajusten a la moral, la justicia y a todo el ordenamiento jurídico. Además, le corresponde divulgar y promover los derechos de los habitantes de todo el territorio nacional.

Como segunda Defensora, fue nombrada la señora Sandra Piszk (1997-2001) y como Defensor Adjunto el señor Rolando Vega Robert (1997-1999) y Max Alberto Esquivel Faerron (1999-2001).

Como tercer Defensor de los Habitantes, fue nombrado el señor José Manuel Echandi Meza (2001-2005) y como Defensor Adjunto el señor Max Alberto Esquivel Faerron (2001-2005).

La cuarta Defensora de los Habitantes, fue la señora Lisbeth Quesada Tristán, para el periodo 2005-2009 y como Defensor Adjunto el señor Daniel Soley Gutiérrez 2005-2009.

La quinta Defensora, fue nombrada la señora Ofelia Tailtelbaum Yoselewish (2009-2013) y como Defensor Adjunto el señor Luis Gerardo Fallas Acosta, hasta el 26 de abril 2014.

Como sexta Defensora fue reelecta la señora Ofelia Tailtelbaum Yoselewish por un corto período del 23 de abril del 2014 al 6 de julio del 2014.

Como séptima Defensora fue nombrada la señora Montserrat Solano Carboni. EL 22 de setiembre de 2014 al 05 de marzo de 2018 momento en el que presenta su renuncia al cargo.

El 26 de febrero de 2015, fue nombrado el señor Lic. Juan Manuel Cordero González, como Defensor Adjunto de los Habitantes hasta el 25 de febrero de 2019.

La Defensora Catalina Crespo Sancho fue electa el 13 de diciembre de 2018 por un período comprendido de cuatro años, es decir hasta el 12 de diciembre de 2022.

La Defensora Adjunta Tatiana Mora Rodríguez fue juramentada el 19 de febrero del 2020 por el Plenario Legislativo por un período de cuatro años, es decir hasta el 18 de febrero del 2024.

El 19 de febrero de 2020 fue juramentada la señora Tatiana Mora Rodríguez como Defensora Adjunta de los Habitantes hasta el 18 de febrero de 2024.

El 2 de marzo de 2023 se realizó el proceso de Nombramiento de la Defensora de los Habitantes de la República, la señora Angie Cruickshan Lambert, por el período comprendido por 4 años, fue juramentada en la Sesión Ordinaria Número 146 por el período comprendido entre el 2 de marzo de 2023 al 01 de marzo de 2027.

Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica No.7319

1.1.1.2 Descripción de Funciones

 

Estatuto Autónomo de Organización

1.1.1.3 Marco Jurídico Aplicable

 

Reglamento Defensoría Decreto Ejecutivo N° 22266, Reglamento de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica

 

Macroproceso de Defensa de Derechos

Macroproceso de defensa de derechos emitido por la Defensoría de los Habitantes de la República, última modificación Año 2020.

 

 Estatutos

Descargar el Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos  1978

Descargar el Estatuto Autónomo de Organización 528

Descargar el Estatuto Autónomo de Servicio  Acuerdo N° 2493

1.1.1.4 Información de Contacto

 

 

 

1.1.2 Organización y Funciones

1.1.2.1 Estructura Organizativa

 

 

1.1.2.2 Funciones de Unidades Institucionales

 

Enlace a las Direcciones, Unidades, Regionales

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1.1.3 Activos Inmuebles de la Institución

 

1.1.3.1 Listados de Activos Inmuebles

 

Activos inmuebles propios

Ver las Propiedades a Nombre de la DHR aquí

Activos muebles fijos

Descargar el Informe de Activos 2018 aquí

Descargar el Informe de Activos 2015 aquí

1.1.3.2 Activos Inmuebles Alquilados

 

Bienes inmuebles alquilados

Ver aquí las Instalaciones y Parqueos Alquilados para las Sedes Regionales  Año 2023

Ver aquí las Instalaciones y Parqueos Alquilados para las Sedes Regionales Año 2019

Ver aquí las Instalaciones y Parqueos Alquilados para las Sedes Regionales Año 2018

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