Información Institucional
1.1.1 ¿Quiénes somos?
La
Defensoría de los Habitantes de la República es un órgano contralor que forma
parte del Poder Legislativo. El fin de esta institución es el de velar porque
la actividad del sector público se ajuste al ordenamiento jurídico y la moral,
de forma tal que los derechos e intereses de los habitantes siempre estén
protegidos.
Antecedentes de la Figura
La figura del Ombudsman nace y se desarrolla en Suecia. Desde un inicio
la misión de este funcionario consistió en ejercer una estricta vigilancia para
asegurar el cumplimiento de las leyes y las normas existentes, además de velar
porque los servidores públicos cumplieran con sus obligaciones. Para cumplir
este cometido, este funcionario podía recurrir y plantear cualquier tipo de
acción ante los Tribunales de Justicia.
En un inicio este Procurador era designado directamente por el rey. Sin
embargo, como producto de una serie de revueltas que se produjeron en Suecia en
1809, se dictó una nueva Constitución que incluyó en su artículo 96 la
designación del Ombudsman por parte del Parlamento. Según dicho texto
constitucional, el Parlamento debía designar a un jurisconsulto de
"probada ciencia y de singular integridad" encargado de controlar la
observancia de las leyes y velar porque los funcionarios las cumplieran en el
ejercicio de sus funciones.
Casi inmediatamente, la figura del Ombudsman fue incorporada al régimen
jurídico-político finlandés y más adelante, ya entrado el siglo XX, se difundió
por el resto de los países nórdicos. Luego pasó a formar parte del sistema
institucional de Nueva Zelanda y de ahí la figura del Ombudsman fue difundida
por los países anglosajones; posteriormente se extendió a Francia y España. A
partir de ese momento, su difusión alcanzó gran cantidad de países, incluyendo
más recientemente a los del Continente Americano. No obstante que estas
instituciones conservan la esencia originaria, la figura ha sido en cada caso
adaptada a las exigencias propias del sistema social, político y jurídico de
las sociedades que la adoptaron. Ello ha sido posible gracias a la flexibilidad
que presenta y a los rasgos que la caracterizan.
Creación de la Institución
Reseña Histórica
La incorporación de la figura al
sistema institucional costarricense fue parte de una tendencia que se
desarrolló desde muchos años atrás.
En un inicio, la Procuraduría de
Derechos Humanos, creada como órgano de la Procuraduría General de la República
en setiembre de 1982, cumplió funciones de defensa de derechos humanos. En la
misma ley en que se creó la Procuraduría, se estableció la figura del
Procurador del Consumidor. Posteriormente, se crearon el Defensor de Derechos
Humanos para el Sistema Penitenciario, el Defensor de los Usuarios del Registro
Nacional y el Defensor de los Derechos de los Refugiados. Este último órgano
fue suprimido tiempo después. Más adelante, en el seno del Ministerio de
Justicia, se crearon las instancias específicas para velar por la tutela de los
derechos de la mujer y de la infancia. Este proceso tomó fuerza con la
aprobación de la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer (Ley No.
7124) que vino para crear lo que se denominó la Defensoría General de los
Derechos Humanos. Esta Defensoría se creó como un órgano adscrito al Ministerio
de Justicia y tuvo como función la protección de los derechos humanos, por lo
que se dividió en seis órganos específicos: Defensoría General, Defensoría de
la Mujer, Defensoría de la Infancia, Defensoría del Consumidor, Defensoría de
los Internos del Sistema Penitenciario y Defensoría del Usuario del Registro
Nacional.
La organización, atribuciones y
competencias de estas Defensorías fueron determinadas por reglamento ejecutivo.
Aun cuando estas oficinas lograron alcanzar ciertos resultados de importancia,
su vinculación jerárquica y presupuestaria con el Poder Ejecutivo,
específicamente con el Ministerio de Justicia, significó una limitación para su
trabajo.
De ahí la importancia de que,
conforme lo señala la doctrina, el órgano de control de la Administración
Pública se ubique en una posición de independencia que le permita ejercer su
función con la mayor libertad posible.
De forma paralela a este proceso, se
trabajó en la elaboración de un Proyecto de "Ley del Defensor de los Habitantes
de la República", que fue presentado a la Asamblea Legislativa el 7 de
noviembre de 1985 por el Presidente de la República y el Ministro de Justicia
de ese entonces. La redacción del proyecto se basó en la Ley del Defensor del
Pueblo Español (Ley Orgánica del 6 de abril de 1981).
En el mes de noviembre de 1992 la
Ley No. 7319 del Defensor de los Habitantes de la República fue aprobada por la
Asamblea Legislativa y publicada en la Gaceta #287 del 10 de diciembre de 1992,
con vigencia a partir del 10 de marzo de 1993. Reformada mediante la Ley No.
7423 del 18 de julio de 1994, se sustituyó la palabra "Defensor" por
"Defensoría", tanto en el título como en algunos de los artículos.
La Defensoría de los Habitantes abrió sus puertas el 1 de octubre de 1993, luego de que su primer Defensor,
Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, asumiera su cargo a partir del 22 de marzo de
1993. La primera Defensora Adjunta, Joyce Zürcher Blen de Carrillo, fue elegida el 28 de abril de 1993. Desde
entonces, la Defensoría ha velado por el buen funcionamiento de los servicios
del sector público, procurando que sus actos se ajusten a la moral, la justicia
y a todo el ordenamiento jurídico. Además, le corresponde divulgar y promover
los derechos de los habitantes de todo el territorio nacional.
Como segunda Defensora, fue nombrada
la señora Sandra Piszk (1997-2001) y como Defensor
Adjunto el señor Rolando Vega Robert (1997-1999) y Max Alberto Esquivel Faerron (1999-2001).
Como tercer Defensor de los
Habitantes, fue nombrado el señor José Manuel Echandi Meza (2001-2005) y como
Defensor Adjunto el señor Max Alberto Esquivel Faerron
(2001-2005).
La cuarta Defensora de los
Habitantes, fue la señora Lisbeth Quesada Tristán, para el periodo 2005-2009 y
como Defensor Adjunto el señor Daniel Soley Gutiérrez 2005-2009.
La quinta Defensora, fue nombrada la
señora Ofelia Tailtelbaum Yoselewish
(2009-2013) y como Defensor Adjunto el señor Luis Gerardo Fallas Acosta, hasta
el 26 de abril 2014.
Como sexta Defensora fue reelecta la
señora Ofelia Tailtelbaum Yoselewish
por un corto período del 23 de abril del 2014 al 6 de julio del 2014.
Como séptima Defensora fue nombrada
la señora Montserrat Solano Carboni. EL 22 de
setiembre de 2014 al 05 de marzo de 2018 momento en el que presenta su renuncia
al cargo.
El 26 de febrero de 2015, fue
nombrado el señor Lic. Juan Manuel Cordero González, como Defensor Adjunto de
los Habitantes hasta el 25 de febrero de 2019.
La Defensora Catalina Crespo Sancho
fue electa el 13 de diciembre de 2018 por un período comprendido de cuatro
años, es decir hasta el 12 de diciembre de 2022.
La Defensora Adjunta Tatiana Mora
Rodríguez fue juramentada el 19 de febrero del 2020 por el Plenario Legislativo
por un período de cuatro años, es decir hasta el 18 de febrero del 2024.
El 19 de febrero de 2020 fue
juramentada la señora Tatiana Mora Rodríguez como Defensora Adjunta de los
Habitantes hasta el 18 de febrero de 2024.
El 2 de marzo de 2023 se realizó el
proceso de Nombramiento de la Defensora de los Habitantes de la República, la señora
Angie Cruickshan Lambert, por el período comprendido
por 4 años, fue juramentada en la Sesión Ordinaria Número 146 por el período
comprendido entre el 2 de marzo de 2023 al 01 de marzo de 2027.
Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica
No.7319
1.1.1.2 Descripción de
Funciones
Estatuto
Autónomo de Organización
1.1.1.3 Marco Jurídico
Aplicable
Reglamento
Defensoría Decreto Ejecutivo N° 22266,
Reglamento de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República de
Costa Rica
Macroproceso de Defensa de Derechos
Macroproceso de defensa de derechos emitido por la
Defensoría de los Habitantes de la República, última modificación Año 2020.
Estatutos
Descargar
el Estatuto de Selección, Ascensos y Nombramientos 1978
Descargar
el Estatuto Autónomo de Organización 528
Descargar
el Estatuto Autónomo de Servicio Acuerdo N° 2493
1.1.1.4 Información de
Contacto

Central
Telefónica: 4000-8500
Gratuito: 800-258-7474
Directorio
interno
Fax: 4000-8700
Apartado
postal: 686-1005 - Barrio México
|

Líneas para
interponer Denuncias: 4000-8500
|

Correo institucional: [email protected]
|

Horarios: Lunes a Viernes de 8:00a.m. a 4:00p.m. jornada continua.
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Formulario de Denuncias
Usted puede enviarnos su denuncia, consulta o comentario a través del
siguiente formulario. La Defensoría guardará confidencialidad de la Denuncia
si así nos lo hace saber.
D
d
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Ubicación de la Defensoría de
los Habitantes de la República
Dirección: Barrio
México, Calle 22, Avenida 7 y 11. De la estación de Bomberos de Barrio México
200 metros Oeste y 75 metros al Sur.
Actualmente
hay siete Oficinas Regionales
Ver ubicación de las Regionales
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1.1.2 Organización y Funciones
1.1.2.1 Estructura
Organizativa
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Organigrama Oficial elaborado por la
Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional

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1.1.2.2 Funciones de
Unidades Institucionales
Enlace a
las Direcciones, Unidades, Regionales
Click aquí
1.1.3 Activos Inmuebles de la
Institución
1.1.3.1 Listados de Activos Inmuebles
Activos
inmuebles propios
Ver
las Propiedades a Nombre de la DHR aquí
Activos
muebles fijos
Descargar
el Informe de Activos 2018 aquí
Descargar
el Informe de Activos 2015 aquí
1.1.3.2 Activos Inmuebles Alquilados
Bienes
inmuebles alquilados
Ver
aquí las Instalaciones y Parqueos Alquilados para las Sedes Regionales Año 2023
Ver
aquí las Instalaciones y Parqueos Alquilados para las Sedes Regionales Año 2019
Ver
aquí las Instalaciones y Parqueos Alquilados para las Sedes Regionales Año 2018