¿Quiénes somos?
La
Defensoría de los Habitantes de la República es un órgano contralor que
forma parte del Poder Legislativo. El fin de esta institución es el de
velar porque la actividad del sector público se ajuste al ordenamiento
jurídico y la moral, de forma tal que los derechos e intereses de los
habitantes siempre estén protegidos.
Antecedentes de la Figura
La
figura del Ombudsman nace y se desarrolla en Suecia. Desde un inicio la
misión de este funcionario consistió en ejercer una estricta vigilancia
para asegurar el cumplimiento de las leyes y las normas existentes, además
de velar porque los servidores públicos cumplieran con sus obligaciones.
Para cumplir este cometido, este funcionario podía recurrir y plantear
cualquier tipo de acción ante los Tribunales de Justicia.
En un
inicio este Procurador era designado directamente por el rey. Sin embargo,
como producto de una serie de revueltas que se produjeron en Suecia en
1809, se dictó una nueva Constitución que incluyó en su artículo 96 la
designación del Ombudsman por parte del Parlamento. Según dicho texto
constitucional, el Parlamento debía designar a un jurisconsulto de
"probada ciencia y de singular integridad" encargado de controlar
la observancia de las leyes y velar porque los funcionarios las cumplieran
en el ejercicio de sus funciones.
Casi
inmediatamente, la figura del Ombudsman fue incorporada al régimen
jurídico-político finlandés y más adelante, ya entrado el siglo XX, se
difundió por el resto de los países nórdicos. Luego pasó a formar parte del
sistema institucional de Nueva Zelanda y de ahí la figura del Ombudsman fue
difundida por los países anglosajones; posteriormente se extendió a Francia
y España. A partir de ese momento, su difusión alcanzó gran cantidad de
países, incluyendo más recientemente a los del Continente Americano. No
obstante que estas instituciones conservan la esencia originaria, la figura
ha sido en cada caso adaptada a las exigencias propias del sistema social,
político y jurídico de las sociedades que la adoptaron. Ello ha sido
posible gracias a la flexibilidad que presenta y a los rasgos que la
caracterizan.
Creación de la Institución
Reseña
Histórica
La
incorporación de la figura al sistema institucional costarricense fue parte
de una tendencia que se desarrolló desde muchos años atrás.
En un
inicio, la Procuraduría de Derechos Humanos, creada como órgano de la
Procuraduría General de la República en setiembre de 1982, cumplió
funciones de defensa de derechos humanos. En la misma ley en que se creó la
Procuraduría, se estableció la figura del Procurador del Consumidor.
Posteriormente, se crearon el Defensor de Derechos Humanos para el Sistema
Penitenciario, el Defensor de los Usuarios del Registro Nacional y el
Defensor de los Derechos de los Refugiados. Este último órgano fue suprimido
tiempo después. Más adelante, en el seno del Ministerio de Justicia, se
crearon las instancias específicas para velar por la tutela de los derechos
de la mujer y de la infancia. Este proceso tomó fuerza con la aprobación de
la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer (Ley No. 7124) que
vino para crear lo que se denominó la Defensoría General de los Derechos
Humanos. Esta Defensoría se creó como un órgano adscrito al Ministerio de
Justicia y tuvo como función la protección de los derechos humanos, por lo
que se dividió en seis órganos específicos: Defensoría General, Defensoría
de la Mujer, Defensoría de la Infancia, Defensoría del Consumidor,
Defensoría de los Internos del Sistema Penitenciario y Defensoría del
Usuario del Registro Nacional.
La
organización, atribuciones y competencias de estas Defensorías fueron
determinadas por reglamento ejecutivo. Aun cuando estas oficinas lograron
alcanzar ciertos resultados de importancia, su vinculación jerárquica y
presupuestaria con el Poder Ejecutivo, específicamente con el Ministerio de
Justicia, significó una limitación para su trabajo.
De
ahí la importancia de que, conforme lo señala la doctrina, el órgano de
control de la Administración Pública se ubique en una posición de
independencia que le permita ejercer su función con la mayor libertad
posible.
De
forma paralela a este proceso, se trabajó en la elaboración de un Proyecto
de "Ley del Defensor de los Habitantes de la República", que fue
presentado a la Asamblea Legislativa el 7 de noviembre de 1985 por el Presidente de la República y el Ministro de Justicia de
ese entonces. La redacción del proyecto se basó en la Ley del Defensor del
Pueblo Español (Ley Orgánica del 6 de abril de 1981).
En el
mes de noviembre de 1992 la Ley No. 7319 del Defensor de los Habitantes de
la República fue aprobada por la Asamblea Legislativa y publicada en la
Gaceta #287 del 10 de diciembre de 1992, con vigencia a partir del 10 de
marzo de 1993. Reformada mediante la Ley No. 7423 del 18 de julio de 1994,
se sustituyó la palabra "Defensor" por "Defensoría",
tanto en el título como en algunos de los artículos.
La
Defensoría de los Habitantes abrió sus puertas el 1 de octubre de 1993,
luego de que su primer Defensor, Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, asumiera
su cargo a partir del 22 de marzo de 1993. La primera Defensora Adjunta,
Joyce Zürcher Blen de
Carrillo, fue elegida el 28 de abril de 1993. Desde entonces, la Defensoría
ha velado por el buen funcionamiento de los servicios del sector público,
procurando que sus actos se ajusten a la moral, la justicia y a todo el
ordenamiento jurídico. Además, le corresponde divulgar y promover los
derechos de los habitantes de todo el territorio nacional.
Como
segunda Defensora, fue nombrada la señora Sandra Piszk
(1997-2001) y como Defensor Adjunto el señor Rolando Vega Robert
(1997-1999) y Max Alberto Esquivel Faerron
(1999-2001).
Como
tercer Defensor de los Habitantes, fue nombrado el señor José Manuel
Echandi Meza (2001-2005) y como Defensor Adjunto el señor Max Alberto
Esquivel Faerron (2001-2005).
La
cuarta Defensora de los Habitantes, fue la señora Lisbeth Quesada Tristán,
para el periodo 2005-2009 y como Defensor Adjunto el señor Daniel Soley
Gutiérrez 2005-2009.
La
quinta Defensora, fue nombrada la señora Ofelia Tailtelbaum
Yoselewish (2009-2013) y como Defensor Adjunto el
señor Luis Gerardo Fallas Acosta, hasta el 26 de abril 2014.
Como
sexta Defensora fue reelecta la señora Ofelia Tailtelbaum
Yoselewish por un corto período del 23 de abril
del 2014 al 6 de julio del 2014.
Como
séptima Defensora fue nombrada la señora Montserrat Solano Carboni. EL 22 de setiembre de 2014 al 05 de marzo de
2018 momento en el que presenta su renuncia al cargo.
El 26
de febrero de 2015, fue nombrado el señor Lic. Juan Manuel Cordero
González, como Defensor Adjunto de los Habitantes hasta el 25 de febrero de
2019.
La
Defensora Catalina Crespo Sancho fue electa el 13 de diciembre de 2018 por
un período comprendido de cuatro años, es decir hasta el 12 de diciembre de
2022.
La
Defensora Adjunta Tatiana Mora Rodríguez fue juramentada el 19 de febrero
del 2020 por el Plenario Legislativo por un período de cuatro años, es
decir hasta el 18 de febrero del 2024.
El 19
de febrero de 2020 fue juramentada la señora Tatiana Mora Rodríguez como
Defensora Adjunta de los Habitantes hasta el 18 de febrero de 2024.
El 2
de marzo de 2023 se realizó el proceso de Nombramiento de la Defensora de
los Habitantes de la República, la señora Angie Cruickshan
Lambert, por el período comprendido por 4 años, fue juramentada en la
Sesión Ordinaria Número 146 por el período comprendido entre el 2 de marzo
de 2023 al 01 de marzo de 2027.
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