Defensoría remite informe técnico a Sala IV por faltante de agua en Alajuelita

La Defensoría de los Habitantes remitió, a solicitud de la Sala Constitucional, un informe técnico sobre la situación del faltante de agua potable en Alajuelita producto de un recurso de amparo presentado por una vecina del cantón contra el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y otros entes públicos.

La Defensoría, en el presente año, ha recibido más de 50 denuncias de habitantes de Alajuelita, quienes reclaman a Acueductos y Alcantarillados (AyA) por insuficiente disponibilidad del recurso hídrico para la satisfacción de las necesidades básicas y fundamentales tanto de higiene como de consumo humano. La mayoría de las quejas son por incumplimiento en los horarios en el suministro del líquido.

De acuerdo a información proporcionada por el AyA a esta Defensoría, el sector de Alajuelita se abastece del sistema de Puente Mulas que es uno de los 31 sistemas del Acueducto Metropolitano (AM) y que se refuerza con agua de los sistemas de La Valencia y de Tres Ríos, no obstante, éste ha sufrido afectación por la problemática asociada a la disminución en las fuentes de producción en época seca, debido a la falta de lluvia. También indica el AyA que esta situación puede verse afectado por el trasvase de agua, la inestabilidad en el comportamiento de la demanda, la topografía de la zona, entre otros.

En el informe remitido al Tribunal Constitucional, la Defensoría indica que sí ha logrado constatar que las gestiones realizadas por parte del AyA no han sido suficientes ni oportunas para lograr una dotación del servicio en cantidad para la población de Alajuelita, en particular por los extensos períodos de desabastecimiento, a las dificultades que enfrenta la población para el reparto de agua en camiones cisternas y la consecuente afectación de sus derechos.

A partir de lo indicado por el AyA en sus informes, la Defensoría ha identificado acciones paliativas y de corto plazo para resolver problemas de abastecimientos en comunidades como Alajuelita; sin embargo, esas acciones no resuelven el problema estructural existente. A la fecha no se ha identificado la efectiva ejecución de acciones para una solución definitiva a la problemática.

La Defensoría considera que el AyA debe, con urgencia, implementar las acciones que se requieran para una planificación integral de las necesidades de inversión y mejora de la prestación del servicio, así como una ejecución eficiente de los proyectos y obras de infraestructura necesarias para satisfacer la demanda actual y futura del servicio para Alajuelita y, para todas las comunidades afectadas, en aras de que se garantice efectivamente el derecho humano al acceso al agua potable.

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