Dirección de Asuntos Jurídicos
La Dirección de Asuntos Jurídicos es el órgano superior consultivo técnico jurídico que depende del/ de la Defensor/a de los Habitantes.
Corresponde a esta Dirección emitir, a solicitud de Jerarca, los dictámenes y proporcionar la asesoría jurídica, verbal o escrita en materia de su competencia.
Además, por mandato del artículo 13 de la Ley No 7319 es el órgano encargado de gestionar los intereses de la institución en los procesos judiciales y administrativos en que intervenga la institución en las materias propias de su competencia. La Dirección de Asuntos Jurídicos tiene independencia funcional y de criterio en el desempeño de sus atribuciones.
La Dirección de Asuntos Jurídicos estará conformada por un Director de Asuntos Jurídicos y un abogado asistente, además del personal necesario para un adecuado cumplimiento de sus funciones, dependiendo del contenido presupuestario para tales efectos.
Las funciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos son las siguientes:
a) Proporcionar asesoría jurídica, verbal o escrita al Despacho. Cuando las Direcciones o Jefaturas así lo requieran, canalizarán la solicitud a través de la Dirección del Despacho.
b) Emitir dictámenes y criterios técnico jurídicos solicitados por el Despacho en un plazo máximo de diez días contados a partir de la recepción de la solicitud. Cuando las Direcciones o Jefaturas así lo requieran, canalizarán la solicitud a través de la Dirección del Despacho.
c) Revisar y emitir criterio sobre convenios, contratos o proyectos en que participe la Defensoría de los Habitantes, así como los que requieran del respectivo refrendo de la Contraloría General de la República.
d) Expedir, a solicitud de los Directores, certificaciones de expedientes y otros documentos oficiales de la Institución.
e) Elaborar o revisar a solicitud del Despacho los proyectos de resolución de los recursos de reconsideración interpuestos contra las resoluciones de la Defensoría de los Habitantes.
f) Participar en los proyectos de creación o reforma de la normativa interna de la institución.
g) Realizar estudios registrales y de expedientes judiciales cuando se estime necesario por el Despacho o alguna de las áreas.
h) Participar en los procedimientos administrativos disciplinarios que se tramiten contra los funcionarios o funcionarías de la Defensoría de los
Habitantes de la República.
i) Tramitar las acciones jurisdiccionales y administrativas que interponga la Defensoría de los Habitantes en cumplimiento del artículo Í3 de la Ley No 7319.
j) Presentar ante el Ministerio Público y proporcionar el debido seguimiento a las denuncias que por desobediencia o cualquier otra causa que resulte procedente formule la Defensoría de los Habitantes, conforme a lo señalado en el artículo 26 de la Ley No 7319.
k) A solicitud del Defensor (a) formular, interponer y dar seguimiento a las acciones de inconstitucionalidad, consultas de constitucionalidad, recursos de amparo o hábeas corpus en cumplimiento del artículo 21 de la Ley No 7319.
l) Coadyuvar en procesos judiciales que a criterio del Defensor(a) de los Habitantes permitan una más adecuada defensa de los derechos e intereses de los habitantes.
m) Atender las acciones e instancias administrativas y jurisdiccionales que se interpongan contra la Defensoría.
n) Proporcionar colaboración a la Procuraduría General de la República en la defensa jurídica a los funcionarios de la institución cuando deban comparecer ante los Tribunales de Justicia por actos o hechos en que participaren en ejercicio estricto de sus funciones.
o) Tramitar cualquier tipo de acción tendiente a determinar la responsabilidad de aquellos funcionarios cuando a raíz de alguna investigación llevada a cabo por las dependencias de la Defensoría de los Habitantes se considere que hay causa para ello.
p) A solicitud del Defensor(a) y/ó con su visto bueno, elaborar en coordinación con las distintas Direcciones proyectos de ley o de reforma constitucional cuando se detecte una laguna normativa o que ésta es idónea, considerando los derechos humanos y la situación social y económica del país.
q) Preparar consultas y emitir opinión jurídica ante la Procuraduría o Contraloría General de la República.
r) Realizar todas aquellas otras funciones que le indique el Defensor (a) de los Habitantes o que se desarrolle en la normativa interna de la institución, previa autorización del jerarca institucional.
El Director y los funcionarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos serán responsables de la debida atención de los asuntos a su cargo.
(Así reformado mediante acuerdo N° 2342 del 11 de mayo del 2021)
Departamento de Comunicación Institucional
Departamento de Planificación y Desarrollo Institucional
Departamento de Tecnologías de la Información
Unidad Médica y Salud Ocupacional
Dirección Administrativa:
Departamento Financiero-Contable, Departamento de Recursos Humanos,
Departamento de Proveeduría y Servicios Generales, Departamento de Archivo
y Correspondencia
La Dirección Administrativa es el órgano encargado de brindar el soporte administrativo necesario a la gestión institucional. Tiene por función garantizar la correcta planificación y ejecución de las actividades administrativas, financieras, por medio de los departamentos Financiero-Contable, de Recursos Humanos, de Proveeduría y Servicios Generales, y de Archivo, Correspondencia.
(Así reformado el párrafo anterior por acuerdo N° 2416 del 18 de febrero de
2022)
En todo momento, la actividad de la Dirección Administrativa se desarrollará de conformidad con el ordenamiento jurídico y las directrices del Defensor de los
Habitantes, y el Director Administrativo. Cada uno de los Departamentos de la Dirección Administrativa estará a cargo de un Jefe, quien coordinará el trabajo del personal a su cargo.
A la Dirección Administrativa le corresponde cumplir, entre otras, las siguientes
funciones:
a) Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar las labores administrativas,
contables y financieras de la Defensoría de los Habitantes
b) Realizar las acciones necesarias para la correcta administración de los
recursos humanos de la institución
c) Coordinar la elaboración y posterior revisión del anteproyecto de presupuesto
de la institución y autorizar las modificaciones presupuestarias ante la
Contraloría General de la República y Presupuesto Nacional, previa autorización del Jerarca, para lo cual la elaboración y ejecución del presupuesto institucional,
se tomará en cuenta los lineamientos vigentes emanados por el órgano Contralor.
(Así reformado el inciso anterior por acuerdo N° 2416 del 18 de febrero de 2022)
d) Efectuar las acciones de ejecución presupuestaria de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y la programación establecida
e) Autorizar las solicitudes de mercancías, órdenes de compra, reservas de crédito y los acuerdos de pago
f) Garantizar la provisión del equipo, los suministros y materiales, así como de
los servicios generales necesarios para el buen funcionamiento de la institución.
g) Coordinar con los sujetos obligados de presentar declaración jurada de bienes, lo correspondiente, en relación con cumplimiento de la normativa referente a su situación patrimonial y manifestación, ante la Contraloría General de la República.
(Así reformado el inciso anterior por acuerdo N° 2416 del 18 de febrero de 2022)
h) Planear, dirigir, coordinar y supervisar las labores de diseño de sistemas, desarrollo de programas e implantación y evaluación, de los mismos
i) Velar por el mantenimiento y el correcto uso de los equipos de cómputo
asignado a los funcionarios de la institución
j) Planear, dirigir y supervisar el sistema de recepción, numeración, registro y distribución de la correspondencia y documentos que ingresen y egresen de la institución
k) Diseñar y mantener actualizado un sistema de digesto de las resoluciones que emita la institución
l) Diseñar y controlar un sistema de archivo en el que se mantengan todos los documentos recibidos o generados por la institución
m) Ejecutar los acuerdos interinstitucionales e internacionales y los programas de cooperación internacional en materia de su competencia
n) Asesorar al Defensor (a) de los Habitantes en la formulación de políticas y emisión de normas relacionadas con la materia de administración de personal
o) Realizar todas aquellas otras funciones que le indique el Defensor (a) de los
Habitantes o que se desarrolle en la normativa interna de la institución.
El Departamento Financiero-Contable es el órgano de la Dirección Administrativa encargado de la ejecución y control del presupuesto de la Defensoría.
Entre otras, son funciones del Departamento Financiero-Contable las siguientes:
a) Llevar los registros contables necesarios para ejecutar y controlar el presupuesto de la Defensoría.
b) Custodiar y administrar el Fondo General, el Fondo de Trabajo y la Caja Chica, así como cualesquiera otros valores.
c) Emitir los documentos de ejecución presupuestaria.
d) Recibir, analizar y codificar los comprobantes y justificantes de las operaciones relacionadas con la ejecución del presupuesto de la Defensoría.
e) Organizar y llevar un archivo apropiado para la documentación que se
origine en las operaciones relacionadas con la ejecución del presupuesto de la Defensoría.
f) Preparar el informe mensual sobre la ejecución del presupuesto.
g) Elaborar y presentar al Defensor(a) de los Habitantes de la República, por medio de la Dirección Administrativa, el anteproyecto de presupuesto de la Defensoría, previo estudio de las necesidades de los órganos de la institución.
h) Preparar y rendir por medio de la Dirección Administrativa toda clase de informes sobre las operaciones financieras de la Defensoría.
i) Firmar en forma conjunta con el Director Administrativo, el Defensor (a) de los Habitantes de la República o el Defensor (a) Adjunto los cheques que emita la Defensoría en razón de desembolsos que deba efectuar.
j) Realizar las inversiones de los sobrantes de efectivo en forma oportuna y de manera tal que se logre obtener la máxima rentabilidad.
k) Elaborar y tramitar conjuntamente con el Director Administrativo las solicitudes de modificaciones presupuestarias ante la Contraloría General de la República y Presupuesto Nacional.
l) Realizar todas aquellas otras funciones que le indique el Defensor (a) de los Habitantes o el Director Administrativo que se desarrolle en la normativa
interna de la institución.
Funcionarias de la Dirección:
Directora Catalina Delgado
Abogadas:
Alejandra Solano
Andreína Jiménez